Las personas estudiantes que se encuentren iniciando el proceso de Graduación deben acercarse primeramente a la Unidad Académica y su respectiva Comisión, ya que este es el órgano oficial responsable de velar por el cumplimiento y entrega de requisitos académicos establecidos.
Requisitos
Se establecen los siguientes requisitos según el art. 5 del Reglamento de Actos de Graduación:
Presentación y defensa pública del documento escrito del trabajo final de graduación, o de la ejecución, dirección o exposición de la obra artística, de conformidad con el Reglamento de Trabajos Finales de Graduación y con las disposiciones reglamentarias pertinentes a la Unidad Académica respectiva.
Conclusión de sus trabajos académicos de conformidad con el Plan de Estudios correspondiente, según comprobación realizada por la propia Unidad Académica del graduando.
Pago de los derechos de graduación, según recibo de la Oficina de Administración Financiera o certificación de la Oficina de Registro de la Graduación de Honor, cuando el estudiante tenga este derecho de conformidad con lo que dispone el artículo 7 del Reglamento
Certificación del Registro Judicial de Delincuentes (Hoja de Delincuencia) para cumplir con el artículo 232 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica. La solicitud de este documento debe tramitarse a través de la Vicerrectoría de Vida Estudiantil o en la Sede Regional.
Los Decanos, Directores de Sedes Regionales y de las unidades académicas, así como los Coordinadores de Comisión de Posgrado, deben enviar a la Oficina de Registro, con la nómina de graduandos, el estudio del expediente del estudiante que confirme la conclusión del trabajo académico que comprende el plan de estudios correspondiente, y las listas de los graduandos de honor, con la antelación que determine la Oficina de Registro.
Fechas de graduación